Dos protocolos, una decisión

Analizamos  el estado del derecho a la Interrupción Legal del Embarazo (ILE) a nivel nacional y provincial y qué está ocurriendo en Olavarría y los centros de salud local.

(por Ornella Candia)

Las  mujeres han dado una larga y constante lucha histórica  para acceder a sus derechos. Sin embargo, todavía quedan extensos caminos por recorrer y batallar. Se han alcanzado diversos derechos, entre los que se cuentan el voto, el acceso a la educación universitaria, el divorcio y derechos y deberes matrimoniales equiparables a los de los varones. Así y todo,  quedan varias cuestiones por las que seguir luchando.

La equidad y/o igualdad de género implica que dejen de matarnos por el solo hecho de ser mujeres o que nos dejen decidir sobre nuestro propio cuerpo.

El sistema patriarcal estipula las condiciones del goce, de la sexualidad y la reproducción de las mujeres, cercenando el ejercicio del derecho al cuerpo, a decidir sobre los cuerpos.  Este es un enclave prioritario de discusión . Diversas agrupaciones  activistas sostienen la necesidad de poner en la agenda pública el derecho a decidir sobre la maternidad:  si se quiere tener hijxs, con quién, cuándo y cómo, considerando como posibilidad la interrupción del embarazo, legal, libre y gratuito.

A pesar de las imposiciones sociales, religiosas, morales y judiciales, el aborto se ha llevado a cabo desde siempre. La investigadora en Comunicación Cultura y Género Patricia Pérez explica que “…Las mujeres que están decididas a no seguir con el embarazo, no lo siguen. Hay algunas fuentes que indican que en nuestro país existen aproximadamente 500 mil abortos por año, es decir, la mujer que está determinada a no continuar con el embarazo, se van a mantener firme en su decisión, entonces, ¿ por qué negar una realidad que existe?” y agrega “estamos apelando a que nos ampare el derecho a decidir sobre nuestro propio cuerpo, que es diferente a decir, que todas las mujeres a partir del derecho van a abortar, no es así, el mismo tiene que estar, después cada una decidirá en el marco de su intimidad, con su pareja, acorde a su moral o ideología, si quieren o no poner en práctica un aborto”

¿Cuáles son las políticas públicas en Argentina?

Actualmente en Argentina el aborto no punible está contemplado por el Código Penal sancionado en 1921. En su artículo 86 establece que el médico tiene la facultad para realizar un aborto en dos situaciones: en casos de violación, o de peligro para la salud y la vida de la mujer.

En caso de violación se ha realizado una re-interpretación del código penal, que en una primera instancia  establecía que la interrupción era solo posible en caso de violación a una mujer idiota e incapaz. Con la nueva interpretación la condición de discapacidad pasó a ser una figura agravante, más no excluyente del acceso a la práctica. 

El 13 de marzo de 2012, la Corte Suprema de Justicia de la Nación emitió el fallo que se conoce en la causa denominada: “F.A.L.”  a favor del concepto integral de salud emitido por la OMS (Organización Mundial de la Salud) la cual entiende que la salud es el: “…completo estado de bienestar físico, psíquico, y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones”, por lo tanto tiene una perspectiva más amplia del concepto.

La Corte suprema, ante este fallo, recomienda la reinterpretación del código penal. Y en efecto en el mes de abril del año 2015 el Ministerio de Salud de la Nación elabora un “Protocolo para la atención integral de las personas con derecho a la interrupción legal del embarazo” el cual se pronuncia a favor del concepto integral de Salud, dicho protocolo es de aplicación obligatoria en todo el territorio argentino por todas las instituciones sanitarias, tanto públicas como privadas.

En un primer momento, la provincia de Buenos Aires se sumó a la implementación del protocolo, y en octubre del año pasado la ministra de salud Zulma Ortiz firmó la resolución en adhesión como lo hicieron otras jurisdicciones (Chaco, Chubut, Jujuy, La Rioja, Misiones, Santa Cruz, Santa Fe y Tierra del Fuego) donde rigen protocolos de ILE de acuerdo a los parámetros establecidos por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el año 2012.

De esta manera, desde el Ministerio de Salud de la Provincia de Buenos Aires se emitió un documento que sostenía que “la legislación reconoce el derecho a la ILE cuando éste ponga en riesgo la vida o la salud de la mujer o cuando sea producto de una violación”, derecho que “incluye a todas las personas con capacidad para llevar adelante un gestación sin discriminación que se encuentren en alguna de esas situaciones”.

A pesar del avance histórico que significaba en materia de derechos de las mujeres, la gobernadora bonaerense, María Eugenia Vidal dejó sin efecto la implementación del protocolo Nacional de Interrupción legal del embarazo en la provincia de Bs As, con el argumento que “Se encuentra trabajando en una nueva resolución que dejará sin efecto la anterior, para la elaboración de un nuevo protocolo”, de esta manera los y las funcionarios de Vidal continúan con la negativa y sostienen así su tradición católica conservadora.

Diferencia entre los protocolos

El Protocolo de Nación se pronuncia a favor de la noción de Salud que enuncia la OMS entendiendo a éste como ecompleto estado de bienestar físico, psíquico, y social, y no solamente la ausencia de enfermedades o afecciones. Esta concepción permite que las y los médicos tengan una visión más global de la paciente y puedan decidir de acuerdo a sus interpretaciones personales, si la mujer se puede realizar o no la interrupción. Por lo tanto les da apertura y facultades a las y los profesionales de la salud para acompañar y asistir en el caso, garantizando a la paciente su seguridad médica ante el proceso abortivo.

Por el contrario, el Protocolo de Provincia plantea la conformación de un comité interdisciplinario formado por un/a ginecólogo/a, asistente social y algún/a profesional del área de salud mental, dicho comité define si la mujer es pasible de interrupción.

La falencia de esta resolución se encuentra en que, deja de lado a las y los médicos generalistas, que son quienes realmente presentan una visión integral de la paciente. Al mismo tiempo, cada paso que se da acrecienta los tiempos, dilatando el tiempo de gestación y la interrupción. Asimismo el Protocolo de Provincia es violatorio al fallo F.A.L. que fue dictaminado por el organismo máximo de la Corte Suprema de Justicia.

¿Cuál es la situación en Olavarría?

En nuestra ciudad existe el “Programa Municipal de Salud Sexual y Reproductiva”, regulado por la ley nacional, el programa surge a partir de reclamos realizados por organizaciones sociales – PPEM, CheSida, Colectivo “Ni Una Menos” –

Este programa prevé presupuesto para anticonceptivos; capacitaciones a los y las trabajadores de salud para atender a la diversidad. Además cuenta con un servicio de consejería especializado en salud sexual y reproductiva y VIH-SIDA. Un objetivo del programa es comprometer a los/as efectores de salud a brindar atención de salud amigable y receptiva para toda la población y especialmente para adolescentes.

Los servicios de salud local se rigen por el protocolo de interrupción legal del embarazo de Provincia. Cuando una mujer solicita la interrupción de su embarazo chocan con los y las objetores de conciencia, aquellos/as profesionales que por alguna cuestión, ya sea ideológica o religiosa, se abstienen de atender un caso de ILE. La ley los faculta para no realizar la práctica, pero tienen la obligación de brindar toda la información y de derivar a la paciente a otro médico que no sea objetor de conciencia.

Independientemente de la institución a la cual se acerque, ya sea clínicas privadas, el hospital o las salas periféricas de los barrios, la ley establece el acceso a toda la información necesaria en tanto es un derecho de la paciente. Al estar regulado por el protocolo de provincia, deben realizar un informe, elevarlo a la dirección del hospital y armar el comité que dictaminara el veredicto final.

Una agente del sistema asegura que “El derecho de toda mujer, establecido por dicha ordenanza es que la atienda el comité para evaluar a la paciente. La decisión final será determinada por los criterios del equipo, y estos criterios dependen de el concepto de salud (integral o restringido) que tenga el profesional”. Queda claro que el derecho de las mujeres en estas circunstancias queda supeditado a la decisión de estos comités atravesados por posturas ideológicas, religiosas y morales antes que por lo que las leyes determinan.

Una recomendación posible para que no se dilate el tema a la espera de la formación y decisión del comité es, preguntar antes que nada si el médico es o no objetor de conciencia. En caso de que lo sea, se puede pedir una derivación, y el médico debería saber recomendar al profesional adecuado, facultado y con una mirada más “abierta e integral”, la cual puede ofrecer no solo la información pertinente, sino que también una atención más adecuada a lo que el caso refiere.

Si por el contrario, el objetor de conciencia mantiene una actitud negativa ante el pedido de información o no presenta una solución adecuada (al criterio de la paciente), existe el derecho a realizar otra consulta profesional, pero además es posible acudir al Programa de Salud Sexual y Reproductiva Municipal que funciona en el hospital.

Otros recursos

Existen diversas agrupaciones de activistas que reivindican los derechos de las mujeres. Una de ellas es Socorristas Olavarría, que lucha por el aborto legal, seguro, libre y gratuito. Las personas organizadas en pos de este derecho trabajan bajo el anonimato, porque si bien hay una apertura, en relación a la legalización de la interrupción del embarazo, con el Protocolo de Nación o con el Fallo F.A.L, en Argentina el aborto libre continúa siendo ilegal.

El trabajo de Socorristas se caracteriza por informar acerca de los procedimientos y metodologías con la que realizan los acompañamientos con el objetivo de que cada mujer que determina una interrupción se sienta segura, cuidada y contenida. Para mayor información se pueden comunicar con ellxs a través de su página de facebook: Socorristas Olavarría

https://www.facebook.com/Socorristas-Olavarr%C3%ADa-267079010395754/