Usos ilegítimos en sierras tandileras y la (ir)responsabilidad del Municipio

El Municipio de Tandil, encarnado más precisamente en la gestión lunghista, sigue dando que hablar respecto al (in)cumplimiento de la ley a la hora de la preservación del patrimonio serrano. En este nuevo capítulo que suma, sobre los recientes incendios, el alambrado y la ocupación de Villa del Lago, la Asamblea Ciudadana en Defensa de las Sierras presentó una carta al Concejo Deliberante para que interceda en detener esas acciones. Mientras la misiva se encuentra en la comisión correspondiente para su estudio, el propio presidente del Legislativo local, Juan Pablo Frolik, no dudó en espetar que se trata de “propietarios legítimos”.

En el territorio regido por la gestión de Miguel Lunghi (UCR-Cambiemos), que en 16 años en el sillón de Dufau ha permitido un crecimiento exponencial de la construcción sobre las sierras de 2003 a la fecha, el multimedios de Yrigoyen al 500 publicó una encuesta en la que indagaba sobre la opinión de las y los tandilenses respecto a si el Municipio cuida ‘correctamente’ de las sierras de Tandil. Fue hace un par de semanas, y cuando los guarismos estaban dando por ganador al NO, raudamente desde El Eco de Tandil dieron por cerrada la encuesta y dieron comienzo a otra, sin más. Un claro indicio de cuál es el parecer que tiene la ciudadanía tandilera del accionar de una gestión comunal que se presenta como ambientalista cuando no ha hecho otra cosa que cambiar canteras por construcciones sobre las sierras.

En la noche del último lunes, tuvo lugar el Tandil Debate 2019, en el que tres de los cuatro candidatos a la intendencia de Tandil tuvieron su espacio para exponer sus propuestas. Sólo Rogelio Iparraguirre hizo alusión a la construcción sobre el faldeo serrano como una problemática. El actual intendente se limitó a mencionar la firma de la Ley de Paisaje Protegido (incluso confundió el año de esa rúbrica) y el cierre de cuatro canteras, pero al lobby inmobiliario sobre las sierras no le dedicó ni medio segundo.

Compartimos, a continuación, el comunicado de la Asamblea en Defensa de las Sierras.

USOS ILEGÍTIMOS

(por la Asamblea Ciudadana en Defensa de las Sierras) Ante el reclamo por los incendios y ocupación de Villa del Lago, Juan Pablo Frolik (UCR-Cambiemos), presidente del Concejo Deliberante, dice que son propietarios legítimos. Esto no legitima incendiar y construir. Es lamentable que se insista en una posición que es un gran contrasentido. Aún cuando quienes están ocupando los terrenos de Villa del Lago fueran propietarios legítimos, NO SE PUEDE CONSTRUIR DONDE NO HAY AGUA Y POSIBILIDAD DE GARANTIZAR UN ADECUADO TRATAMIENTO DE EFLUENTES. Así lo dice la ley madre del ordenamiento territorial (DL8912/77): aunque el loteo sea previo, si no cumple las condiciones de agua y saneamiento le cabe la restricción (Art. 101). Esta restricción debe ser inscrita por el Municipio, quien no lo hace porque las autoridades no tienen la decisión política de hacerlo. Esto marca una posición en los hechos para esta y para otras Sierras, más allá de los discursos. Por favor: no digan que cuidan las Sierras si no están dispuestos a hacer lo que hace falta y deben hacer para cuidarlas.

El Plan de Manejo de la Ley de Paisaje Protegido sigue sin completarse en los aspectos operativos. Tampoco se completó (¿o se completó y se cajoneó?) el Plan de manejo de la zona serrana del Plan de Ordenamiento, con lo cual sigue vigente una normativa en base a cotas, que tampoco es cumplida por algunos actores. Así vemos crecer varias mansiones en terrenos que no se podían subdividir (Foto 1); e, incluso la apropiación del sendero que otrora ocuparan las vías y pertenece al Estado nacional (Foto 2).

FOTO 1. La prohibición, taxativa está en la ordenanza N° 9.865/05(Plan de ordenamiento territorial) punto VIII.14

Parece que en Tandil, algunos propietarios pueden hacer lo que se les canta. Y algunos pueden avanzar sobre los bienes que las autoridades deben resguardar pues son patrimonios colectivos, tanto el sendero de una vía como la salud de las cuencas hídricas y el ordenamiento urbano ambiental.

La celeridad para justificar algunas ocupaciones y construcciones contrastan con la falta de disposición y la lentitud para atender las advertencias sobre los impactos en la calidad del agua que recarga el acuífero del que se abastece la ciudad; en el cambio de escorrentía y aumento de riesgo de inundaciones; en pérdida de biodiversidad, en degradación del paisaje y afectación a los ciudadanos al derecho a transitar por las Sierras, las cuales son de acceso público según la ley de paisaje Protegido. ¡No sigan diciendo que cuidan las Sierras si no están dispuestos a hacer lo que corresponde!

FOTO 2. El Plan de Ordenamiento fue aprobado en 2005 y establecía que sobre la cota de 250msnm no se puede subdividir en fracciones de menos de 10 hectáreas. Sin embargo, esta Sierra aparece dividida y construida con posterioridad. Se vende como ‘Chacras del Golf’. Además, la traza de la vía pertenece al Estado Nacional y le construyeron encima. Apropiación privada de bienes públicos y un uso contrario al Plan. ¿Quiénes aprueban estos proyectos? ¿Quiénes hacen la vista gorda?

Y no instalen la idea de que un propietario legítimo sólo tiene derechos, como si no hubiera regulaciones para todos, porque si la mayoría de los tandilenses obrara en consecuencia, la ciudad perdería la calidad ambiental de la cual la dotó la naturaleza, sería un caos, y encima carísimo. ¿Quién se hará cargo de los problemas generados por decisiones individuales que contrarían el ordenamiento? Le recordamos que cada casa que se hace en Villa del Lago tiene varios tanques para que la Municipalidad les suba el agua.

Una construcción dispersa, las manchas que crecen en las Sierras son sinónimo de efluentes cloacales y de demandas de agua, caminos, etc. Es carísimo con relación a lo que costaría en las áreas adecuadas para la construcción. Todos pagamos la cuenta generada por quienes se empeñan en construir donde no se debe y destruyen el ambiente como bien común.

Si hablamos de derechos, hablemos de todos los derechos de todos y de la igualdad ante la ley. El derecho a Tandil es del conjunto de los tandilenses, presente y futuro. Y para garantizarlo es necesario el ordenamiento territorial que cuide las Sierras y el agua.

‘Chacra del Golf’ vista desde Villa del Lago.

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‘CUMPLIR LA LEY SERÍA DETENER LA CONSTRUCCIÓN SOBRE LAS SIERRAS’

Vale recordar, por estos días, el comunicado que a principios de este octubre la Asamblea Ciudadana en Defensa de las Sierras le dedicó a los dichos del intendente Lunghi respecto a la construcción en la zona de Villa del Lago. Comunicado en clara clave crítica y que reza: “Se argumenta que los lotes no le pertenecen al Municipio. Si esta fuera una razón valedera para no regular, ningún propietario tendría que cumplir con el Plan de Ordenamiento. Todos aceptamos regulaciones en terrenos privados. Aunque fueran privados, al Municipio sí le pertenece la competencia para aprobar o no construcciones y allí no se puede construir porque no hay agua ni posibilidades de tratamiento correcto de efluentes. Y la ley dice que esto es válido aún después de loteado. (dl 8912/77 art.101)

“Por otra parte, el loteo original de Villa del lago no implica que todos los lotes se hayan vendido. Además, como se vendían en cuotas, quienes habían pagado algunas cuotas pero se enteraron que no había agua dejaron de pagar. La estafa que derivó en quiebra y la situación irregular se mantuvo por muchos años. En años recientes, se reactivó el juicio. ¿En qué estado está y qué hizo el Municipio para hacer valer sus derechos? ¿Hizo o hace valer la enorme masa de impuestos adeudados durante varias décadas?

“Más allá de la cuestión de la propiedad, el Municipio no puede abstenerse de intervenir porque no hacerlo tiene consecuencias para la ciudad. Entre las cosas que puede y debe hacer: no autorizar construcciones en las Sierras e inscribir la restricción a la misma en catastro provincial; proveer servicios en las zonas adecuadas para uso residencial, no en las sierras. No subir el agua en camiones ni hacer tendidos eléctricos. ¿Por qué el conjunto de los ciudadanos tenemos que solventar los costos ambientales y también económicos de decisiones individuales a contramano de la ley y la planificación urbanística?

“El Municipio no debería permitir la construcción en un lugar inadecuado, aún si los lotes tuvieran propietarios legítimos. Además, que no sean del Municipio no quiere decir que quienes hoy incendian, alambran y ocupan, lo sean. ¿Por qué tolerar la ocupación de quienes luego harán un usucapión y no usar una herramienta habilitada para el Municipio como la prescripción adquisitiva (Ley 24320)? ¿Quiénes sino las autoridades pueden ocuparse de esto?

“Señor Intendente, conocemos las leyes. No le pedimos que vaya en contra de las mismas sino que las cumplan. En Villa del Lago y en todas las Sierras, porque más allá de las palabras, todos los días avanzan las construcciones sobre los faldeos”.

Por si hace falta, la Asamblea acercó la letra del ARTÍCULO 101 del DECRETO LEY 8912: “Todo parcelamiento originado en planos aprobados con anterioridad a la presente ley, que carezca de las condiciones de saneamiento y servicios de agua corriente o cloacas exigidos para el adecuado asentamiento poblacional, queda sujeto a las restricciones para el uso que implica la prohibición de erigir edificaciones hasta tanto se cumplimenten las condiciones de saneamiento o infraestructuras necesarias. Igual limitación se aplicará cuando con posterioridad a la aprobación del parcelamiento, se produzca la modificación de las condiciones de hecho que determinaron su viabilidad.

El Poder Ejecutivo establecerá las parcelas o zona afectada por la restricción y la Municipalidad correspondiente denegará la aprobación de planos o impedirá la edificación, hasta tanto se efectúe la certificación de los organismos provinciales competentes que acredite el cumplimiento de las condiciones exigidas.

La restricción al uso que se establezca se anotará en el Registro de la Propiedad.”

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