Para que en Olavarría (y alrededores) tu belleza no se concurse

La propuesta fue presentada por el Frente ‘Ni Una Menos Olavarría’ al Concejo Deliberante en 2016, y en abril de este año se actualizó. Cientos de personas se sacaron su respectiva selfie con el cartel de apoyo a la causa. El proyecto de ordenanza para destronar las elecciones de reinas y princesas en las fiestas del partido se tratará en la sesión de este jueves 22, a las 14, en el salón de la Sociedad Española.

Durante este último fin de semana, manos artistas (como las de Andrea Trebuc), voluntarias y afines se dieron cita en la esquina de Roca y Lagourburu, en Sierra Chica. En el marco de la campaña ‘Arte para concientizar’ y de las actividades por el Día Internacional para Eliminar la Violencia contra las Mujeres, una nueva garita fue pintada. Como sucedió en los primeros días de octubre con la parada de colectivos de avenida Del Valle y Amparo Castro, con participación de estudiantes de Artes Visuales, ambas intervenciones se centraron en la frase ‘Tu belleza no se concursa’.

Ese ha sido el lema del proyecto de ordenanza presentado por el Frente ‘Ni Una Menos Olavarría’ al Cuerpo Legislativo local, para prohibir “la organización de cualquier tipo de concurso de belleza y/o elección de Reina y Princesas en el ámbito del Partido de Olavarría, tanto desde la iniciativa pública como privada”. En su lugar, buscan que se elija a personas representativas de la ciudad “que se destaquen por su labor comunitaria, su compromiso social y su aporte a la comunidad desde distintos ámbitos, en virtud de los méritos de quien los recibe y no de su belleza física”.

Hace casi un año, integrantes del Frente, luego de haber ingresado la propuesta al Deliberante olavarriense, realizaron una conferencia de prensa. En la oportunidad, Celia Lisazo definió: «En algunos casos es una tradición la elección de la reina. Proponemos revisar esa tradición, discutirla y reformularla«. María Eugenia Iturralde agregó aquella vez que «estos pequeños cambios” aportarían a problematizar y desarticular la violencia machista: “Tal vez es un aporte mínimo, pero puede disparar debates en la sociedad que hoy no están dados”. Debates, por ejemplo, que lleven a plantear nuevas formas de valoración a quienes representarán instituciones o festividades.

Cuando realizaron el balance 2017, desde el Frente ‘Ni una Menos Olavarría’ dedicaron un párrafo al nulo tratamiento que se le había brindado por entonces al proyecto en el Deliberante, como a la ausencia de perspectiva de género en los argumentos de algunos ediles y al preocupante no reconocimiento de la violencia simbólica implicada y su legislación. La preocupación tomó forma y consistencia a medida que avanzaron las reuniones con las y los ediles participantes de comisiones como la de Educación, en la que un joven edil del oficialismo expresó su ‘particular’ convencimiento de que el mayor y más genuino anhelo de las mujeres, “desde que nacen”, “naturalmente”, es participar de ese tipo de concursos y pasarelas.

Las otras comisiones en las que se analizaron los puntos del proyecto fueron la de Igualdad y Género, y la de Legislación, en la que quedó ‘pausado’ su devenir administrativo desde mayo hasta estos días. ¿La razón? Voto dividido, por resistencia de algunos concejales (entre ellos, el polémico concejal de Cambiemos, José Luis Arguiñena) para que no llegue a tratarse en sesión. Desde Unidad Ciudadana, hace poco más de una semana, elevaron una nota para pedir su tratamiento e impedir que el proyecto sea enviado a dormir el sueño de los justos al archivo.

En ese mientras tanto de meses, la campaña ‘Tu belleza no se concursa’ trascendió las fronteras olavarrienses. Entre las cientos de selfies con esa frase que se recibieron en la página de Facebook del Frente, provenientes del centro de la provincia de Buenos Aires y más allá, se destacaron apoyos como el de Abuelas de Plaza de Mayo, el del médico psiquiatra Enrique Stola, de artistas como Érica Rivas y Ángela Torres, e intelectuales de la talla de la historiadora Dora Barrancos y la  antropóloga Mónica Tarducci. El tercer Encuentro Regional de Mujeres del Centro de la Provincia de Buenos Aires, realizado en Tandil, también brindó un gran marco para su difusión y buena recepción.

Estela de Carlotto y parte del equipo de Abuelas de Plaza de Mayo.

Finalmente, en la última reunión de la comisión de Legislación del martes 20, se resolvió el debate del proyecto para la sesión de este jueves 22 de noviembre, en el recinto de la Sociedad Española, prevista para las 14. Sin embargo, este tratamiento tendrá un detalle: habrá quienes pedirán que se la apruebe como resolución, lo que será rechazado de plano por bloques como el de Unidad Ciudadana, que sostendrán el carácter original de ordenanza del proyecto.

Esta propuesta no es la primera en su género. Se encuadra en iniciativas similares que ya se han aprobado a lo largo y ancho del país. Para brindar apenas un ejemplo: el pasado 20 de septiembre, el Municipio de Paraná decidió no realizar el concurso de elección de la Reina de la Primavera. Concurso ‘tradicional’, pero que hoy día resulta “una contradicción en el contexto actual donde se visibilizan los distintos tipos de violencia hacia la mujer, especialmente la simbólica que es aquella que impone estereotipos y modelos de mujer que, violentan y discriminan a las personas que no condicen con los mismos”, subrayaron desde la Subsecretaria de la Mujer de Paraná. En terreno entrerriano como bonaerense, la tradición merece revisión y desnaturalización, como las fiestas merecen celebrarse en diversidad y libres de cosificación y violencia. Ojalá el Deliberante olavarriense esté a la altura.

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LA LETRA ORIGINAL DEL PROYECTO

VISTO QUE los certámenes de belleza y las elecciones de reinas y princesas se realizan tradicionalmente en Fiestas Populares de la Argentina;

QUE desde los cuerpos legislativos de Municipios de la Provincia de Buenos Aires como Chivilcoy, Saladillo y Bahía Blanca; Municipios de la Provincia de Santa Fe como Santo Tomé, Roldán y Recreo; Municipio de Río Grande de la Provincia de Tierra de Fuego; Municipio de Córdoba de la Provincia de Córdoba; Municipios de la Provincia de Neuquén como Neuquén y Centenario; Municipio de Villa La Angostura de la provincia de Neuquén; Municipio de Puerto Madryn de la Provincia de Chubut; Municipio de El Chaltén de la Provincia de Santa Cruz y Municipios de la Provincia de Río Negro como Viedma y General Fernández Oro, ya se ha implementado la prohibición de éstos concursos, y en otras ciudades del país se encuentra en estudio en comisiones de los órganos legislativos;

QUE en la Provincia de Santa Fe, el Poder Ejecutivo provincial desalienta la realización de certámenes de belleza, adhiriendo a la iniciativa los Municipios de Vera, Romang y Rosario;

QUE estos certámenes no se realizan por decisión de los departamentos ejecutivos de Municipios de la Provincia de Buenos Aires como Villa Gesell, Coronel Suárez y Mercedes; Municipio de Villa General Belgrano de la Provincia de Córdoba; Municipio de Resistencia de la Provincia de Chaco; Municipios de la Provincia de Entre Ríos como Gualeguaychú y Oro Verde; Municipio de San Rafael de la Provincia de Mendoza; Municipio de Corrientes de la Provincia de Corrientes y Municipios de la Provincia de Chubut como Esquel;

QUE en Municipios como Rawson, Chubut, se suprimieron los certámenes de belleza y se impulsa, en su lugar, el reconocimiento a jóvenes solidarios.

Y CONSIDERANDO QUE la Ley Nacional de Protección Integral para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra las Mujeres en los ámbitos en que desarrollan sus relaciones interpersonales N° 26.485/06, en su Artículo 5 inc. 5, define a la violencia simbólica como “la que a través de patrones estereotipados, mensajes, valores, íconos o signos transmita y reproduzca dominación, desigualdad y discriminación en las relaciones sociales, naturalizando la subordinación de la mujer en la sociedad”;

QUE una parte fundamental en la lucha contra la violencia machista (situación por la cual el Cuerpo Legislativo de Olavarría, ha manifestado ya su preocupación en reiteradas oportunidades) incluye romper con la mirada histórica que pone a las mujeres en el rol de objeto;

QUE los diferentes ámbitos y acciones del Estado -en este caso Municipal- expresan también los modelos y valores culturales que respaldan, promueven o desalientan a través de mecanismos de políticas públicas, ya sean éstos directos o indirectos;

QUE la Mesa Local contra la Violencia Familiar y de Género se ha expedido en favor de un Proyecto de Ordenanza presentado en noviembre de 2016, constituyendo este una versión ampliada de aquel;

QUE no hay antecedentes o registros de concursos o elecciones de reyes o príncipes en fiestas populares o similares, hecho que demuestra la cosificación de los cuerpos de mujeres o feminizados;

QUE los certámenes de belleza y/o concursos de reinas y princesas fomentan un estereotipo de belleza establecido patriarcalmente, sostenido por una multiplicidad de instituciones de la sociedad e impulsado por los medios de comunicación y la publicidad;

QUE sus reglamentos refuerzan, en lo particular, lo discriminatorio de la práctica en general, imponiendo a sus postulantes condiciones tales como no estar casadas ni tener hijos/as o personas a cargo, y excluyendo de la participación a quienes no cumplan dichos requisitos, argumentándose desde la organización cuestiones de disponibilidad horaria, entre otras;

QUE la realización de este tipo de certámenes atenta contra la salud de las mujeres al imponer estereotipos de belleza que derivan en trastornos alimenticios;

QUE así, mediante ciertos estereotipos y patrones, mensajes o valores se transmiten y reproducen modelos de dominación y desigualdad en las relaciones sociales hombre-mujer, naturalizando la subordinación de las mujeres en la sociedad;

QUE estos certámenes representan prácticas, acciones, discursos y abordajes comunicacionales en los cuales las mujeres son presentadas como objetos de consumo, de placer, o donde sus cuerpos se ofrecen como oportunidad para la mirada examinadora de los/as otros/as;

QUE resulta una práctica discriminatoria por la que se le otorga una puntuación o un valor a las mujeres contemplando únicamente sus atributos físicos, generando en las jóvenes una enorme presión social que las hostiga, exigiéndoles la perfección y el cumplimiento de un estereotipo para sentirse aceptadas, representando esto un acto de violencia simbólica que debe erradicarse para poder seguir construyendo una sociedad igualitaria de la mano de una Legislación que acompañe la lucha multisectorial contra la violencia hacia las mujeres;

QUE la prohibición de éste tipo de concursos extemporáneos, sexistas, cosificadores y que vulneran los derechos de las mujeres, constituirá una  oportunidad para  contribuir con la modificación de una tradición machista en la consecución de una sociedad más justa e igualitaria.

Por todo ello, EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE, sanciona la siguiente ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Prohíbase la organización de cualquier tipo de concurso de belleza y/o Elección de Reina y Princesas en el ámbito del Partido de Olavarría, tanto desde la iniciativa pública como privada.

ARTÍCULO 2°: Impulsar la elección de personas representativas de la Ciudad, que se destaquen por su labor comunitaria, su compromiso social y su aporte a la comunidad desde distintos ámbitos, en virtud de los méritos de quien los recibe y no de su belleza física.

ARTÍCULO 3º: Que la prohibición de la realización de la elección de reina y/o princesa deberá ser notificada a los realizadores de eventos al momento de solicitar la habilitación del mismo.

ARTÍCULO 4º: La presente Ordenanza será refrendada por el Señor Secretario del Honorable Concejo Deliberante.

ARTÍCULO 5º: Comuníquese, publíquese, dese al Registro de Ordenanzas;  cúmplase y oportunamente archívese.

Según lo trabajado en las comisiones, el articulado sufrió las siguientes modificaciones:

ARTÍCULO 1: Impúlsese y promuévase la elección de ‘Personas Representativas’ de la ciudad y/o entidades organizadoras públicas y privadas, que se destaquen por su labor comunitaria, su compromiso social y su aporte a la comunidad desde distintos ámbitos, en virtud de los méritos de quien los recibe, sin ser la belleza fisica su principal criterio de elección.

ARTÍCULO 2°: Déjese sin efecto la organización de cualquier tipo de concursos o certámenes de belleza y/o elección de reinas y/o princesas, ligados a estereotipos fisicos, de edades o género.

ARTÍCULO 3°: Difúndase los términos y alcances de la presente Ordenanza, proporcione y cree mecanismos de inclusión en los certámenes de selección de personas representativas. Los mismos serán determinados por el Departamento Ejecutivo Municipal, al realizar la habilitación para la realización de festivales, shows, fiestas populares, exposiciones y/o eventos similares.

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