De la vereda de la impunidad… al banquillo, nuevamente

Otra vez, el deterioro en la salud de los represores quiso servir de excusa. Sin embargo, nuevamente, quedó en el intento. La Justicia, de la mano de la Sala 4 de la Cámara de Casación Penal, falló en contra del ex comisario Alberto Balquinta, luego de los recursos interpuestos por el Ministerio Público Fiscal y la querella a lo dictado por el Tribunal Oral Federal de Mar del Plata; y ante la prueba irrefutable de unas fotografías de una caminata del acusado, por la vereda de su casa, como un vecino más. A horas de la sentencia del segundo tramo del juicio Monte Pelloni, Balquinta no la mirará por TV desde su sillón en Olavarría, sino sentado en el banquillo de los imputados en la sala del Tribunal marplatense.

Este miércoles 4, la Sala 4 de la Cámara de Casación Penal (integrada por el doctor Gustavo Hornos como presidente, y los doctores Mariano Hernán Borinsky y Javier Carbajo como vocales) revocó la decisión de primera instancia del Tribunal Oral Federal de Mar del Plata (integrado por los jueces Alfredo Ruiz Paz, Luis Imas y Víctor Bianco), que en la audiencia del pasado 23 de agosto había apartado de la causa Monte Pelloni 2 al ex titular de la Comisaría 1era de Olavarría, Alberto Argentino Balquinta, por aparentes problemas de salud. Balquinta está acusado por delitos de lesa humanidad en su participación durante la última dictadura cívico-militar, tanto en esta causa como en la del ex centro clandestino de detención y tortura ‘La Huerta’, en Tandil.

Vale aclarar que la violación de la prisión domiciliaria de Balquinta en la causa ‘La Huerta’ aún no se ha resuelto. Sin embargo, en la audiencia de este miércoles, Casación se hizo de las fotos. La Defensa del represor adujo que ese tema no tiene que ver con Monte Pelloni 2, pero las fotos hablan por sí solas del real y concreto estado de salud de quien condujo los destinos de vida y muerte de muchas y muchos vecinos de Olavarría y la región, desde enero de 1976 hasta noviembre de 1977, en su despacho de la Comisaría 1era, en Brown y Belgrano.

Como tituló la periodista Adriana Meyer, “a Balquinta le salió caro el paseo”. Según el fallo de la Cámara de Casación Penal, el pronunciamiento del Tribunal Oral Federal marplatense fue impugnado debido a su arbitrariedad, por estar “precedido de una fundamentación aparente, al basarse en informes médicos incompletos y sin haber cumplido con las formas sustanciales de la tramitación”. La aparente incapacidad sobreviniente del represor, ex comisario de la bonaerense, al mejor estilo de los diagnósticos a distancia del neurólogo y periodista Nelson Castro, se hizo a través de una videoconferencia, tal lo ordenado por el dicho Tribunal.

En esa primera intervención, los peritos designados por la Corte Suprema concluyeron que “la naturaleza del examen a través de videoconferencia no permite precisar adecuadamente el grado de deterioro y el componente que tiene el mismo, las características mismas del método de evaluación. Esta situación nos impide responder con precisión sobre la aptitud del nombrado para afrontar su situación procesal”. Por ello, solicitaron, lógicamente, considerar “el traslado del encausado -Balquinta- a la Sede del Cuerpo Médico Forense, para una evaluación presencial, así como para la realización de estudio neurocognitivo y psicodiagnóstico”, según consta en fojas 91 del expediente de la causa.

Luego de la junta médica presencial ordenada en consecuencia, el 26 de julio de 2019 los peritos médicos concluyeron que para responder a lo requerido, “respetuosamente se solicita que se remitan constancias médicas de la atención médica recibida por Balquinta por parte de los médicos que lo hayan examinado en consultorio como de la Clínica María Auxiliadora de Olavarría”, para una vez en su poder esa documentación completar el informe, según fojas 83. En esa misma ocasión, el Cuerpo Médico Forense dio a conocer al Tribunal que no pudo llevar a cabo el examen neurológico al imputado, por la suma de la pericia psiquiátrica y clínica, la edad y el viaje desde Olavarría. Llevó a nueva solicitud  de traslado para completar el informe.

Sin embargo, las excusas fueron ganando tiempo y el dichoso examen médico, esencial para evaluar integralmente la capacidad de Balquinta para estar en juicio, nunca se realizó: el presidente del Tribunal dejó en suspenso la realización de esa pericia y requirió al Cuerpo Médico Forense los resultados de los exámenes realizados, que fueron brindados el 2 de agosto. Allí concluyeron, con la desestimación del Tribunal respecto a la solicitud de la evaluación neurocognitiva, que “las facultades mentales del causante encuadran dentro de un trastorno psíquico bajo la forma clínica de Síndrome Psicoorgánico” y que “desde la perspectiva psicoclínica exhibe un cuadro susceptible de consagrar una minusvalía total y permanente” (fojas 76/78). Además, ante esta suerte de informe, la perito por el Ministerio Público Fiscal señaló que “sin la evaluación neurocognitiva oportunamente solicitada, realizada en condiciones de descanso adecuado, no me es posible expedirme sobre este punto”, por tratarse de “un deterioro cognitivo de grado no mensurable por agotamiento previo (por las condiciones en las que llegó a causa del viaje)” (fojas 100/101).

Las fojas de Monte Pelloni 2 no dan lugar a dudas: fueron varios los avisos que los integrantes del Cuerpo Médico Forense hicieron a los jueces del Tribunal sobre las imposibilidades que presentaba Balquinta y su defensa para realizar las pesquisa solicitada sobre la aptitud del otrora comisario para estar en juicio. Pidieron ampliación de la escasa información disponible, pero el Tribunal no hizo lugar al pedido y hasta exigió a esos médicos apurar la conclusión sobre esa aptitud que no se dejaba analizar. “Una conclusión médica brindada en esas circunstancias dista mucho de ser certera”, evidenciaron desde Casación. Y por si no había quedado claro, agregaron: “No parece razonable fundar la resolución judicial de suspender el juicio por incapacidad sobreviniente de un imputado en informes médicos que los mismos profesionales que los suscriben manifiestan están basados en información incompleta”.

En ese sentido, Casación Penal concluyó que el dictado de la suspensión por incapacidad sobreviniente de Argentino Alberto Balquinta por el Tribunal “se encuentra infundada, en la medida en que se fundó en informes médicos incompletos”. En conformidad con lo postulado por el Ministerio Público Fiscal y la Querella, para Casación es menester “contar con la información médica completa, a los efectos de resolver fundadamente sobre la cuestión”. Por  ello, indicaron llevar adelante los informes médicos pendientes “en forma urgente”.

Balquinta, en la audiencia en que se le comunicaba su detención, en el marco del juicio por el crimen de lesa humanidad del abogado laboralista Carlos ‘El Negro’ Moreno (marzo de 2012, Tandil).

Por este dictamen, Balquinta escuchará este jueves 5 de septiembre, desde las 15, la sentencia en Mar del Plata, junto a Héctor Rubén Rinaldi, que intentó un artilugio muy similar: aducir una supuesta salud deteriorada para ser apartado de la causa. Intentos que, evidentemente, tuvieron su eco en esta conformación del Tribunal Oral Federal, pero que fueron rechazados en ambos casos por la Cámara Federal de Casación Penal. «Todos los organismos de derechos humanos estamos obligados a vivir en alerta, sabiendo que ellos utilizan la mentira en forma permanente como una herramienta de la defensa en juicio. Mienten no sólo sobre su estado de salud sino también sobre su participación en los hechos«, señaló la abogada Mariana Catanzaro.

¿Será que el aire olavarriense tiene algo mágicamente reparador? Vale recordar que en el caso del ex comisario Héctor Rinaldi, había sido apartado en diciembre de 2017 por un aparente ‘trastorno psicorgánico, con deterioro cognitivo leve-moderado’, y se lo encontró en marzo de 2018 cenando con su esposa en un restaurante de Olavarría, y hasta se tomó unos minutos para proferir amenazas, en la propia sala del Tribunal, hacia víctimas que estaban ingresando a brindar su testimonio. En el caso de Balquinta, el 24 de agosto último, apenas dos días después de que lo separaran del proceso judicial por su ‘delicado estado físico’, fue fotografiado mientras caminaba a metros de su casa, con su bastón pero sin quien figura como garante de que cumplirá el arresto domiciliario, a pocas cuadras del centro de Olavarría. Las imágenes llegaron a la Fiscalía, y llevó a la denuncia pública y mediática de la Comisión por la Memoria local y la APDH, que consideraron estos hechos como una «burla a la Justicia”.

Los jueces Alfredo Ruiz Paz, Luis Imas y Víctor Bianco dictarán, desde las 15, la sentencia por los crímenes de lesa humanidad cometidos contra 37 víctimas a las que se envió, secuestradas, a ese centro clandestino de detención que se encuentra a veinte kilómetros del centro olavarriense. Ojalá este jueves 5, el sol de la Verdad y la Memoria atraviese el frío y la bruma de la ciudad portuaria, y queme la lengua de quienes se creyeron dueños de la vida y la muerte en el plano de la impunidad. Que sea Justicia.

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